Hola!!
Resulta ya obvio hacer referencia a la revolución que ha supuesto la informática y la tecnología, y las posibilidades de digitalización de la información (ya sea en forma de textos, imágenes, animaciones o sonidos), para su posterior almacenamiento, manipulación o transmisión, de cara al tratamiento de datos de carácter personal.
Internet ha incrementado las posibilidades anteriores gracias a la interconexión de equipos informáticos y de bases de datos, la descentralización y crecimiento de redes, y, especialmente, por el hecho de reunir, en un instrumento interactivo y multidireccional, el mayor número de usuarios que puede englobar un medio aunque también a la vez se han puesto de manifiesto también vulnerabilidades y faltas de seguridad importantes.
El carácter transnacional de Internet y los problemas de jurisdicción y competencia judicial, dificultan el control y aplicación de gran parte de las garantías legales que pretenden, de algún modo, regular los contenidos o el flujo de datos a través de la red. para ello existen algunas leyes para intentar garantizar la proteccion del usuario:• Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LoPD): entre otras cosas señala que sólo se deben solicitar los datos necesarios para la prestación del servicio en- cuestión, que siempre se nos debe informar para qué se usarán y que en cualquier caso siempre podemos solicitar su consulta, modificación o cancelación. En el caso de menores de 14 años, son los tutores los que deben permitir la entrega de datos.
• Ley de Servicios de Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (Lssi): de aplicación al comercio electrónico y otros servicios de Internet cuando sean parte de una actividad económica, regula las condiciones que se han de cumplir para la prestación de servicios a través de Internet.
• Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (Lisa): modifica y amplia la anterior Ley. Es sobretodo conocida por la capacidad que otorga a los jueces para poder cerrar páginas web si éste determina que atentan contra la legalidad.
• Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP): reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas.
• Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente (LoPNA): no es específica de Internet o de la Sociedad de la Información pero define qué contenidos o comportamientos no son válidos para menores (los ya comentados anteriormente, violencia, sexo, xenofobia, intolerancia religiosa...), lo cual es trasladable también al mundo de Internet.
Saludos!!!
Internet ha incrementado las posibilidades anteriores gracias a la interconexión de equipos informáticos y de bases de datos, la descentralización y crecimiento de redes, y, especialmente, por el hecho de reunir, en un instrumento interactivo y multidireccional, el mayor número de usuarios que puede englobar un medio aunque también a la vez se han puesto de manifiesto también vulnerabilidades y faltas de seguridad importantes.
El carácter transnacional de Internet y los problemas de jurisdicción y competencia judicial, dificultan el control y aplicación de gran parte de las garantías legales que pretenden, de algún modo, regular los contenidos o el flujo de datos a través de la red. para ello existen algunas leyes para intentar garantizar la proteccion del usuario:• Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LoPD): entre otras cosas señala que sólo se deben solicitar los datos necesarios para la prestación del servicio en- cuestión, que siempre se nos debe informar para qué se usarán y que en cualquier caso siempre podemos solicitar su consulta, modificación o cancelación. En el caso de menores de 14 años, son los tutores los que deben permitir la entrega de datos.
• Ley de Servicios de Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (Lssi): de aplicación al comercio electrónico y otros servicios de Internet cuando sean parte de una actividad económica, regula las condiciones que se han de cumplir para la prestación de servicios a través de Internet.
• Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (Lisa): modifica y amplia la anterior Ley. Es sobretodo conocida por la capacidad que otorga a los jueces para poder cerrar páginas web si éste determina que atentan contra la legalidad.
• Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP): reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre las Administraciones Públicas, así como en las relaciones de los ciudadanos con las mismas.
• Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente (LoPNA): no es específica de Internet o de la Sociedad de la Información pero define qué contenidos o comportamientos no son válidos para menores (los ya comentados anteriormente, violencia, sexo, xenofobia, intolerancia religiosa...), lo cual es trasladable también al mundo de Internet.









